De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas, potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
- La necesidad y oportunidad de su aprobación.
- Los objetivos de la norma.
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En cumplimiento de dicho precepto, se pone a disposición de los interesados un documento informativo relativo a una futura Orden Ministerial por la que se establecen los criterios para determinar cuándo los residuos de plástico sometidos a tratamientos mecánicos y destinados a la fabricación de plásticos dejan de ser residuo con arreglo a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, a efectos de recabar su opinión al respecto.
Para una mayor información, se proporciona el documento realizado por el Instituto de Prospectiva Tecnológica (JRC-IPTS) a encargo de la Comisión Europea [disponible en inglés aquí], donde se aborda el estudio de criterios de fin de condición de residuo para los plásticos.
Los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones, cumplimentadas en el cuadro descargable en la web del MITECO, que deberá dirigirse al siguiente buzón de correo electrónico: bzn-sug_residuos@miteco.es
Sólo serán consideradas las respuestas en las que el remitente esté claramente identificado (nombre y dirección de la organización/persona, teléfono de contacto y correo electrónico). El plazo para remitir sugerencias finaliza el 15 de noviembre de 2020.
[Este contenido procede de MITECO]
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